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San Isidro busca reducir la contaminación visual Imprimir E-Mail
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martes, 04 de noviembre de 2008

San Isidro busca reducir la contaminación visualSan Isidro, Lima.- Con el fin de preservar la imagen visual, proteger la calidad del paisaje urbano y mejorar el orden, ornato y la calidad de vida de los vecinos el municipio de San Isidro emitió ayer una ordenanza para regular la ubicación de la publicidad en todo el ámbito distrital.

Si bien la Municipalidad Metropolitana de Lima reguló en el año 2007 los elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima, ahora las autoridades de San Isidro precisan esta función como competencia municipal del distrito.

De esta manera, a través de 50 artículos y diez disposiciones transitorias y finales se hace una detallada definición de cada uno de los conceptos que se pretende regular, a fin de no generar confusión entre los usuarios y empezar a aplicar la Ordenanza Nº 248-MSI a partir del 03 de noviembre.

En el aspecto administrativo la norma sostiene que las autorizaciones sólo se otorgarán para los predios que los solicitantes usen en el ejercicio de sus actividades y sólo para hacer publicidad de sus actividades comerciales o de servicios autorizados. Lo contrario significaría una sanción para los usuarios.

Silencio administrativo. En aplicación del silencio administrativo, si después de 30 días hábiles no hay respuesta a la solicitud de la colocación de una publicidad, el usuario queda facultado a proceder en correspondencia con su solicitud, lo que después será fiscalizado por un funcionario edil.

Si un elemento de publicidad exterior constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas o la seguridad pública o incumpla lo dispuesto por Defensa Civil, se considerará la caducidad de la autorización municipal.

SEGÚN ZONAS. De otro lado, precisa la colocación de publicidad exterior en las zonas de reglamentación especial, como en el Centro Empresarial Camino Real, donde sólo se podrá colocar el logotipo o nombre comercial; mientras en el área de influencia del Bosque El Olivar solamente podrá estar adosada a la fachada y en letras recortadas.

Es necesario destacar las disposiciones específicas de la ordenanza referidas a publicidad en placas, paneles, tótems, panel de obra sobre cerco, panel de obra en cerco, publicidad en letras recortadas, tipo corona simples, luminosos o iluminados, banderolas, gigantografías y vallas publicitarias

Por último, la Municipalidad de San Isidro señala que las infracciones a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 248-MSI serán sancionadas en concordancia con la tabla de multas administrativas vigente.

 

Fuente: correoperu.com.pe

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